Entrada y salida de Castelldefels se prorroga hasta el 7 de febrero

Entrada y salida se prorroga hasta el 7 de febrero

Las medidas decretadas por la Generalitat de Catalunya incluyen el confinamiento perimetral municipal diario (no se puede salir del municipio ningún día de la semana sin causa justificada), el cierre de los comercios no esenciales durante los fines de semana o el nuevo cierre de los centros comerciales (a excepción de las tiendas de productos esenciales) • El sector de la hostelería y restauración sigue con las mismas restricciones (bares y restaurantes pueden abrir solamente para ofrecer desayunos y comidas y, si hacen comida para llevar, cenas) • Los encuentros sociales siguen siendo de un máximo de 6 personas, como máximo de 2 burbujas convivenciales diferentes (a excepción de las burbujas mayores)

Las medidas de restricción contra la pandemia de la COVID-19 decretadas por la Generalitat de Catalunya están vigentes hasta la madrugada del 7 al 8 de febrero. Se trata de una serie de medidas que afectan sobretodo a los ámbitos de la movilidad, al sector comercial y a los encuentros sociales y que se toman para intentar frenar el número de contagiados por la COVID-19 y de personas ingresadas con la enfermedad en las UCI. Estas cifras han empeorado de forma exponencial en las últimas semanas.

Entre las medidas encontramos el confinamiento perimetral municipal diario, es decir, no se puede salir del municipio de residencia ningún día de la semana sin causa justificada (por motivos de trabajo, salud, cuidado y/o visita a una persona dependiente, etc).

Un sector que sale especialmente afectado por estas medidas es el comercial, ya que las tiendas y servicios no esenciales únicamente pueden abrir de lunes a viernes y tienen que cerrar los fines de semana (esta medida no se aplica a los comercios considerados esenciales, como alimentación, farmacia, etc). En el caso de los centros comerciales o galerías comerciales de más de 400m2, tienen que cerrar sus puertas y solamente pueden abrir (de lunes a viernes) aquellos que sean de 400m2 o menor superficie (quedan excluidos de esta medida los locales que ofrecen productos esenciales).

En cuanto a los encuentros sociales, se limitan a un máximo de 6 personas, como mucho de 2 burbujas convivenciales diferentes (a excepción de burbujas habituales mayores, por ejemplo, familias numerosas o personas que conviven bajo un mismo techo y que suman un total de más de 6). Se recomienda igualmente limitar al máximo los encuentros y reuniones sociales, aunque se respeten estas cifras.

Repasemos todas estas medidas en vigor desde el pasado 7 de enero, y prorrogadas el 20 de enero:

  • Movilidad: Limitada al municipio durante toda la semana, a excepción de causas justificadas (imposibilidad de teletrabajar, visitas médicas, cuidado de personas dependientes, etc). Se permite la realización de actividad física y deportiva individual al aire libre entre municipios limítrofes. Sigue la restricción de las entradas y salidas de territorio catalán sin motivo justificado.
  • Confinamiento nocturno: Se mantiene la prohibición de circular por la calle entre las 22h y las 6h todos los días, excepto por causas justificadas.
  • Comercio: El pequeño comercio, centros comerciales de menos de 400m2 y mercados no sedentarios pueden abrir con un 30% del aforo. Fines de semana cerrados, excepto los establecimientos dedicados a venta de productos y servicios esenciales (alimentación, farmacia, etc). Se suspende la apertura de los centros y recintos comerciales y de establecimientos y centros comerciales con una superficie de más de 400 metros cuadrados, excepto aquellos establecimientos que venden productos de primera necesidad.
  • Hostelería y restauración: Se mantiene como hasta ahora, con horarios de apertura al público de 7.30h a 9.30h (desayunos) y de 13h a 15.30h (comidas).El resto de horario es únicamente para recogida en establecimiento o para entrega a domicilio. Las terrazas se pueden abrir con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesas, con excepción de los grupos burbuja mayores. El interior se puede abrir con un 30% de aforo y con las mismas medidas aplicadas a las terrazas.
  • Encuentros familiares / sociales: Se limita a 6 personas, salvo que sean convivientes, y no se supere la confluencia de más de dos burbujas convivenciales. Se recomienda que se limiten al máximo los encuentros en espacios cerrados (también domicilios) y se hagan fundamentalmente para visitas a personas con dependencia o en una situación de vulnerabilidad. En todo caso, estos encuentros tendrían que ser siempre con miembros de la misma burbuja de convivencia. 
  • Educación: En las universidades se hace docencia teórica en formato virtual (excepto el primer curso). Se reduce la actividad presencial en el bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general regladas. Se mantiene la presencialidad total en la ESO, educación primaria e infantil.
  • Actividades culturales: Se mantienen abiertos cines, teatros, auditorios y salas de conciertos con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas (1.000 si la ventilación es óptima). Siguen abiertos los museos, bibliotecas y salas de exposición al 50% de su aforo. Suspendidas las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales. Las actividades de cultura popular y tradicional siguen suspendidas.
  • Actividades deportivas: Abiertas las instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre, con un aforo máximo del 50% y control de acceso. Las instalaciones y equipamientos en espacios cerrados no pueden abrir, a excepción de las piscinas (con condiciones especiales de control). Actividades deportivas al aire libre con un máximo de 6 personas. Las competiciones deportivas se aplazan, menos las oficiales de ámbito estatal, internacional o profesionales (que se tienen que disputar a puerta cerrada, sin asistencia de público). El deporte escolar sigue suspendido.
  • Actos religiosos y cerimonias civiles: Se pueden hacer con un 30% del aforo, con un máximo de 500 personas (o 1.000 si la ventilación es óptima).
  • Ocio infantil y juvenil: Se suspenden las actividades de ocio infantil y juvenil. La gran mayoría de las actividades extraescolares quedan suspendidas también, excepto las que se hagan en el mismo centro escolar y con alumnos del grupo burbuja definido para la actividad lectiva.
  • Actividades recreativas: Los parques infantiles están abiertos hasta las 20h, con un aforo del 50%. Se mantienen cerrados los espacios infantiles lúdicos interiores, los bingos, casinos o salas de juego. No se pueden celebrar fiestas mayores.
  • Empresas: Se tiene que hacer teletrabajo, excepto cuando no sea posible. Suspensión de congresos, ferias y actividades similares.

Recordemos que el plan de desescalada de la Generalitat está dividido en 4 tramos, que se irán aplicando de forma progresiva en función de la evolución de la pandemia. Esto implica que se pueden avanzar, prorrogar o revisar los tramos y las medidas que incluyen, como ha sucedido. Los parámetros que se siguen para tomar una decisión u otra son la velocidad de transmisión del virus (o Rt) y los ingresos hospitalarios semanales.

El plan de desescalada se revisa de acuerdo con la evolución de la tasa de contagios y el número de nuevos ingresos hospitalarios, de la manera siguiente:

· Si la tasa es inferior a 0,9 y los ingresos disminuyen, se continúa con el proceso de desescalada.

· Si la tasa se encuentra entre 1 y 0,9 y los ingresos se estabilizan, se prorrogan las medidas.

· Si la tasa es superior a 1 y los ingresos se incrementan, se revisan las medidas adoptadas.